Formación para empresas con trabajadores en ERTE
Formación para empresas con trabajadores en ERTE

Formación para empresas con trabajadores en ERTE

Formación para empresas con trabajadores/as en ERTE

 

Formación para empresas con trabajadores en ERTE

 

El 28 de septiembre se aprobó  la nueva prórroga de los ERTE en el consejo de Ministros. Las empresas que impartan cursos para recualificar a sus trabajadores/as tendrán mayores descuentos que si no lo hacen.

Prorroga en 2 fases:

1 – Todos los ERTE se renovaran automáticamente hasta el 31 de Octubre sin necesidad de hacer ningún trámite y con las mismas condiciones que hasta ahora.

2 – La ampliación hasta noviembre se deberá solicitar a la autoridad laboral la prorroga de todos los expedientes para extender sus beneficios hasta el 28 de febrero de 2022. Además se aplicaran requisitos y descuentos.

 

Exoneraciones

Todas las empresas tendrán una exoneración del 80% de las cuotas de sus trabajadores/as en ERTE si ofrecen formación, independientemente de su tamaño, si  no dan cursos para recualificar  a sus trabajadores/as , la rebaja en la cuota se reduce al 40% para las compañías que tengan más de 10 trabajadores/as , ya al 50% si tienen diez o menos.

 

Formación

El número mínimo de horas de formación de cada trabajador/a será de 30 horas en las empresas de 10 a 49 trabajadores/as y de 40 horas para las que tienen 50 trabajadores/as o más.

Los cursos tendrán que realizarse antes de 30 de junio del 2022 y durante la jornada suspendida. Además las empresas tendrán derecho a un incremento del  crédito para financiar estas actividades formativas.

 

Condiciones

Se mantienen las mismas condiciones para que las empresas puedan beneficiarse de los ERTE.

Así no podrán acceder a estas ayudas compañías domiciliadas en paraísos fiscales, se les exige mantener el empleo de toda la plantilla durante seis meses y se les prohíbe realizar nuevas contrataciones, hacer horas extras o repartir dividendos.

 

Derecho de los trabajadores/as

No pierden derechos, incluso hay mejoras. Podrán  acceder al desempleo aunque no tengan el tiempo requerido de cotización y el periodo de paro consumido no contara para futuras prestaciones cuando se produzca un despido por cualquier causa después del 1 de enero del 2023. La cuantía de la prestación se mantiene en el 70% de la base reguladora.

 

Solicite más información en info@formaymotiva.com

 
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